Corte Suprema de Estados Unidos avala cacheo al desnudo de prisioneros


En el caso Florence contra la Comisión de los Residentes elegidos del Condado de Burlington (New Jersey), la Corte Suprema de los Estados Unidos de América decidió que la Cuarta Enmienda de la Constitución de ese país (que establece el derecho de las personas a la seguridad personal y de sus bienes ante registros o cateos irrazonables) no prohíbe que los internos de un centro de detención sean registrados al desnudo, pues ello busca proteger tanto a la persona misma, como a los otros internos y al personal del centro de detención ante el posible ingreso de objetos prohibidos o peligrosos.

Así lo expresaron cinco de los nueve jueces que componen esta corte, al decidir el caso de Albert Florence, un hombre detenido en un control policial de tránsito al advertirse que tenía una multa sin pagar. En el centro donde fue recluido inicialmente, y en el que fue trasladado seis días después, se le registró al desnudo, obligándosele a tomar una ducha y a ser revisado por un oficial. Un día después los cargos contra el señor Florence fueron desechados al comprobarse que había cumplido con el pago de la multa. El voto en minoría de cuatro magistrados considera que estas medidas atentan contra la dignidad y privacidad de las personas, y solo deben aplicarse cuando existan buenos motivos.
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